La reincorporación es un trámite administrativo que se realiza ante la Oficina de Registros Estudiantiles -ORE- de la Facultad o Núcleo donde está adscrito el programa académico en el que está debidamente matriculado.
Este trámite podrá tener cinco decisiones posibles:
- Si el estudiante tiene menos de dos años inactivo la ORE le otorgara de manera administrativa o natural la reincorporación.
- Si tiene más de dos años y menos de 5 años de inactivo la ORE enviara al Consejo de la Facultad o Núcleo informe para la aprobación de la reincorporación por causas no imputables al estudiante.
- Si tiene más de 5 años y menos de 10 años de inactivo la ORE enviara al Consejo de la Facultad o Núcleo informe para la aprobación de la recuperación de cupo vía DIGAIPE, para lo cual el aspirante deberá someterse a la Prueba de Habilidades Específicas o mecanismo que utilice (IPES) en el proceso vigente el programa académico, y obtener una puntuación aprobatoria.
- Si el estudiante no tiene dos periodos lectivos cursados la ORE enviara al Consejo de la Facultad o Núcleo informe para la aprobación de la renovación de cupo.
- En cualquiera de los casos por no aportar la debida documentación, soporte o incumplimiento del reglamento se podrá negar la reincorporación y el estudiante perderá el cupo.
El estudiante deberá solicitar en todos los casos una reincorporación en la ORE de la Facultad o Núcleo, y es esta oficina quien mediante estudio e informe quien determine el status y le explique los pasos a seguir.