DIRIGIDA A: MIEMBROS DEL CONSEJO UNIVERSITARIO y DEPENDENCIAS CENTRALES.
En atención al “Reglamento Interno del Consejo Universitario de la Universidad de Los Andes” aprobado según Resolución N° CU1066/18, de fecha 07.05.2018, el cual regula en el Titulo IV lo referido a la realización de sesiones virtuales, así como consultas virtuales del Consejo Universitario, con el fin de garantizar la toma de decisiones de manera oportuna y efectiva, reglamenta la delegación de funciones y consulta virtual, y señala en el Capítulo II, que el Rector tomará la decisión relacionada con cualquier solicitud que se haga por ante el Consejo Universitario durante el período de receso (entre semana, fin de semana, recesos vacacionales, entre otros recesos), debiendo informar sobre el particular a la Secretaría del Consejo Universitario, instancia a quien le corresponde elaborar la resolución respectiva debidamente motivada en la delegación de funciones otorgadas por el Consejo Universitario al Rector y la necesidad o urgencia de la decisión; en tal sentido sometió a consideración de los Miembros del Cuerpo, el siguiente Instructivo, el cual fue elaborado por el Rectorado y revisado por el Servicio Jurídico de la Universidad y la Dirección de Telecomunicaciones y Servicios (DTES), y textualmente indica:
CU-0617/20