Creación de la Dependencia
Resolución para la creación del Consejo Jurídico Asesor de la Universidad de Los Andes:
En la Resolución Nº CU-3.876, de fecha 10 de noviembre de 1978, el Consejo Universitario, en un todo acordó por unanimidad, aprobar la creación del Consejo Jurídico Asesor de la Universidad, constituido por un Director, un Coordinador y tres Secciones: de Asuntos Académicos, de Asuntos Académicos, de Asuntos Administrativos y de Asuntos Legales.
Reseña Histórica
La Universidad de Los Andes se rige principalmente por la Ley de Universidades, aprobada por el Congreso de la República de Venezuela el 02.09.70, publicada en Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 1429 de septiembre de 1970. El artículo 24 de la Ley de Universidades establece lo siguiente: La autoridad suprema de cada Universidad reside en su Consejo Universitario, el cual ejercerá las funciones de gobierno por órgano del Rector, de los Vicerrectores y del Secretario, conforme a sus respectivas atribuciones. Dentro de este artículo está expresado, en forma implícita, la idea de gobierno de la universidad, la cual se ejerce a través de dos niveles: