Artículo 1: Como reconocimiento al esfuerzo estudiantil realizado durante los estudios de pregrado, la Universidad otorgará las distinciones Summa Cum Laude, Magna Cum Laude y Cum Laude. Estas distinciones consisten en un diploma que se entregará a los graduandos distinguidos en el acto de graduación.
Artículo 2: La distinción Summa Cum Laude se otorgará a los graduandos que hayan obtenido un promedio pnderado global o aritmético global igual o mayor de 18.5 puntos (sin aproximaciones).
Artículo 3: La distinción Magna Cum Laude se otorgará a los graduandos que hayan obtenido un promedio ponderado global o aritmético global igual o mayor que 17.5 puntos (sin aproximaciones).
Artículo 4: La distinción Cum Laude se otorgará a los graduandos que hayan obtenido un promedio ponderado global o aritmético global igual o mayor que 16 puntos (sin aproximaciones).
Artículo 5: El promedio aritmético global resulta de dividir las calificaciones obtenidas en cada asignatura correspondiente al plan de estudios o su equivalente, incluidas las no aprobadas, entre el número de asignaturas cursadas. El promedio ponderado global resulta de dividir la sumatoria del producto entre la calificación obtenida en la asignatura por su valor en unidades-créditos, entre la sumatoria de las unidades-créditos de las asignaturas cursadas.
Parágrafo primero: Para los cálculos descritos no se considerarán las asignaturas que por su naturaleza no tengan una nota numérica.
Parágrafo segundo: Para los efectos del cálculo de los promedios no se podrán omitir asignaturas así estas sean electivas o adicionales a las requeridas para obtener el título universitario.
Artículo 7: La lista de los graduandos objeto de la distinción deberá ser enviada por los Decanos, por lo menos con 15 días hábiles de anticipación al acto de grado.
Artículo 8: Los estudiantes graduados antes de la puesta en vigencia de este reglamento, y que hayan obtenido el promedio correspondiente podrán solicitar individualmente la distinción. La entrega de la medalla y el diploma se realizará en un acto privado en la Oficina Central de Grados y Registro de Egresados.
Dado, firmado y sellado, en el Salón de Sesiones del Consejo Universitario, el nueve de febrero de mil novecientos noventa y cuatro.