Circular N° DAP-0248/2024

En atención al derecho a Jubilación  que asiste a los docentes que cumplen con los requisitos establecido en los artículos 252, 260, 261, 262 y 276  del Estatuto del Personal Docente y de Investigación.

Al respecto me permito hacer su conocimiento  que aras de dar a  una respuesta oportuna a las solicitudes de jubilaciones que recibe esta Dirección para el análisis y estudio del analista y, posterior revisión de la Comisión de Cambios,  para ser elevada finalmente al Consejo Universitario para su  aprobación o negación.

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