Anticipos de Prestaciones Sociales

BASE LEGAL

  1. Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadores, publicada en Gaceta Oficial de la República de Venezuela Nº 6.076 del 07 de mayo de 2012.

Artículo 144

Anticipo de prestaciones sociales

El trabajador o trabajadora tendrá derecho al anticipo de hasta un setenta y cinco por ciento de lo depositado como garantía de sus prestaciones sociales, para satisfacer obligaciones derivadas de:

  1. a) La construcción, adquisición, mejora o reparación de vivienda para él y su familia;
  2. b) La liberación de hipoteca o cualquier otro gravamen sobre vivienda de su propiedad;
  3. c) La inversión en educación para él, ella o su familia; y
  4. d) Los gastos por atención médica y hospitalaria para él, ella y su familia.
  1. Reglamento de la Ley del Trabajo, publicada en GNº 38.426 del 28 de abril de 2006.

Artículo 100: Frecuencia de los anticipos: En atención a lo previsto en el Parágrafo Segundo del Artículo 108* de la Ley Orgánica del Trabajo, el trabajador tendrá derecho a solicitar anticipos de lo acreditado o depositado, o a crédito o aval de lo acreditado en la contabilidad de la empresa, una vez al año, salvo en el supuesto previsto en el literal d) de aquella norma jurídica.

El patrono o la entidad respectiva, podrá exigir al trabajador información sobre el destino de la suma de dinero solicitada en anticipo, o del crédito o aval, según fuere el caso, y las pruebas que lo evidencien.

* Actualmente el artículo 144 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadores, publicada en Gaceta Oficial de la República de Venezuela Nº 6.076 del 07 de mayo de 2012.

RECAUDOS

La planilla de solicitud de anticipos de prestaciones sociales con los datos requeridos deberá ser consignada con los siguientes soportes:

Documentos básicos que se anexan en la solicitud

  1. Copia simple legible de la cédula de identidad del Personal Docente y de Investigación.
  2. Copia simple legible del Rif actualizado del profesor.
  3. Copia simple de la partida de nacimiento del beneficiario de la solicitud (si es el caso).
  4. Oficio de autorización del cónyuge o con quien haga vida marital el trabajador (en caso que aplique).
  5. Copia simple legible cédula de identidad del cónyuge o con quien haga vida marital el trabajador y teléfono de contacto (si fuere el caso).
  6. Estado de cuenta del fideicomiso emitido por la entidad bancaria (Banco Nacional de Crédito, Mercantil o Provincial).

Documentos específicos que se anexan en la solicitud

a) La construcción, adquisición, mejora o reparación de vivienda.

  • Copia simple del documento público opción a compra o propiedad de la vivienda, según sea el caso.
  • Presupuesto original de la obra de construcción, mejora o remodelación.

b) La liberación de hipoteca o cualquier otro gravamen sobre vivienda de su propiedad

  • Copia simple del documento donde se constituyó el gravamen hipotecario de la vivienda debidamente registrado por ante la oficina del registro competente.
  • Copia simple del estado de cuenta actualizado a la fecha de solicitud del saldo deudor del crédito recibido cuya garantía hipotecaria la constituye la vivienda.

c) La inversión en educación.

  • Constancia original de estudios que realiza el trabajador o familiar beneficiario del anticipo. Presupuesto de gastos escolares, incluidas las pensiones y matriculas escolares del trabajador o familiar beneficiario de la solicitud.

d) Los gastos por atención médica y hospitalaria.

  • Informe médico con su respectiva factura, proforma o presupuesto de gastos hospitalarios en originales avalados por el médico tratante; correspondiente al caso de salud del trabajador o familiar beneficiario.

PROCESO PARA LA SOLICITUD DE ANTICIPOS DE PRESTACIONES SOCIALES

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