Información para Estudiantes Extranjeros


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 Información para Estudiantes Extranjeros 2024

Medidas y Especificaciones según el Consejo Universitario Para Extranjeros.

Se hace mención a la resolución de Consejo Universitario  N° CU-0462/23 de fecha 24/04/2023 estableciendo las siguientes directrices recibidas por parte de la Cancillería de la República Bolivariana de Venezuela,  sobre la urgente necesidad de regularizar la situación legal de los estudiantes extranjeros cursando estudios de post-grados en nuestra casa de estudios:

 

  • No podrá inscribirse a ningún aspirante, ni a pregrado ni a postgrado, si no posee la visa de estudiantes vigente. No habrá excepciones a esta medida.
  • Para el momento de la inscripción el número de documento de identidad que se empleará es el del pasaporte, no necesariamente será el mismo para la fecha de grado. Este pasaporte deberá tener una vigencia mayor a seis meses a la fecha de inscripción. Según la CIRCULAR Nº UCREP 009_2024
  • A lo largo de la prosecución de estudios, el estudiante, ya sea de pregrado o postgrado debe renovar la visa de estudiante en los lapsos legales correspondientes.
  • Para identificar los estudiantes que egresará, el diploma o título de grado deberá indicar el número de pasaporte vigente (Con fecha de vencimiento superior a 6 meses). No debe de usarse ni el número de cedula de extranjería, ni el número de identificación ni de identidad del país origen. No habrá excepciones a esta medida
  • Los documentos que se generan luego del grado, tales como constancia de calificaciones, acta de grado, entre otros, También identificaran al egresado con el número de pasaporte con el que se graduó, independientemente del número de años transcurridos desde la fecha de grado.
  • Las dependencias responsables de presentar la información al Rectorado, para informar a la Cancillería, serán OCRE (Pregrado) y CEP (Postgrado). Debe procurarse periodicidad en los envíos.

Para más información ingrese al siguiente enlace: