El Consejo Universitario aprobó según resolución CU-1765/17. Pág. 1/6 de fecha 18/09/2017 en sesión ordinaria de la misma fecha , el documento denominado “LINEAMIENTOS PARA LA ESTIMACIÓN DE LOS INGRESOS PROPIOS SUJETOS A CONDICIONES ESPECIALES DE LOS POSTGRADOS DE LA UNIVERSIDAD DE LOS ANDES”. Este documento fue propuesto por la Comisión de Ingresos Propios al Consejo de Estudios de Postgrado (CEP) y aprobado en su sesión extraordinaria Nº 02, virtual, celebrada el día 25/07/2017. Ese documento sustituye el “Proyecto de Modificación de Aranceles para los programas de Postgrado”, aprobado por Consejo Universitario.
El Sistema de Postgrados de la Universidad de Los Andes, tradicionalmente, ha estimado sus ingresos Propios Sujeto a Condiciones Especiales, en función de dos Variables: la Unidad Crédito y la Unidad Tributaria. La Unidad Crédito como una variable que media la extensión temporal de las asignaturas, seminarios o actividades, que son proporcionales a una Unidad Crédito por 16 horas de actividad académica prevista. La Unidad Tributaria, como una medida monetaria homogénea que estableció el estado Venezolano, desde 1994, para la determinación, la liquidación y la prestación de procesos tributarios (en todas sus modalidades) en Venezuela, la que permite los cálculos de distintos beneficios, entre ellos, los ingresos Propios.
Anexo Documento Original.