Jubilados y Pensionados de la ULA deben actualizar Fe de Vida

Rubén Darío Fernández / CNP: 6032  El Vicerrectorado Administrativo de la Universidad de los Andes, en atención al instructivo para estabilidad en nómina de jubilados, pensionados por incapacidad y sobrevivientes con pensión o ayudas económicas en la Universidad de Los Andes vigente, participa al personal jubilado, pensionado por incapacidad y sobrevivientes con pensión o ayudas económicas de esta institución la obligatoriedad de dar cumplimiento a la entrega oportuna ante la administración universitaria de los documentos requeridos para su permanencia en nómina de pago de esta Universidad (Fe de vida, entre otros requisitos). La fecha tope para consignar esta documentación es el 15 de febrero de 2019.

Importante: quienes no entreguen oportunamente la documentación requerida les será suspendida la pensión o ayuda económica a partir de la nómina correspondiente al mes de marzo 2019.

DOCUMENTACIÓN REQUERIDA:

Jubilados y Pensionados:

FE DE VIDA, en original y debidamente expedida por el organismo oficial competente en el ejercicio vigente ó en su defecto, llenar la planilla de Constancia de FE DE VIDA en presencia del funcionario autorizado de la dependencia de adscripción. Este documento deberá ser consignado ante la correspondiente dependencia de adscripción.

Importante: Este requisito no es necesario, ni exigible para el personal jubilado o pensionado que permanezca laborando en la institución. En este caso, la dependencia de adscripción se encargará de realizar la correspondiente notificación al Departamento de Nómina de la Dirección de Administración Central a los fines de mantener en nómina al trabajador jubilado o pensionado.

Sobrevivientes con Pensión y Ayudas Económicas:

-Viuda(o): Constancia de Estado Civil, en original y debidamente expedida por las instancias oficiales competentes en el ejercicio vigente.

-Hijos Mayores de 18 años: Carta de Soltería y Constancia de Estudio de Educación Superior, en original y debidamente expedidos por los organismos oficiales competentes en el ejercicio vigente.

-Hijos Excepcionales: FE DE VIDA e Informe Médico debidamente avalado por CAMIULA.

-Esta documentación, según el caso, deberá ser consignada ante la Dirección de Asuntos Profesorales (DAP), por el Personal Docente y de Investigación o ante la Dirección de Personal por el Personal Administrativo y Obrero.

Prof. Manuel C. Aranguren R.
Vicerrector Administrativo