Disposiciones para el programa de seminarios en el exterior

El Directorio ordinario del Consejo de Desarrollo Científico, Humanístico, Tecnológico y de las Artes CDCHTA, en su reunión 02-05, del 26-04-05, atendió una detallada exposición por parte de la Comisión de Seminarios en el Exterior, SE, en la cual se explicaron las dificultades financieras por las cuales ha atravesado el programa en los últimos diez años, demostrándose la necesidad de modificar los criterios de aplicación del programa para beneficiar de manera más equitativa a los investigadores. De forma recurrente se han podido atender sin mayores dificultades las solicitudes para congresos en el exterior durante el primer semestre de cada año, presentándose un déficit significativo para la segunda parte del año, especialmente en el último trimestre. A petición del mismo Directorio, en su reunión 03-04, de fecha 30-09-04, la comisión analizó varias opciones para optimizar el uso de los recursos económicos asignados al programa. En vista de que se ha incrementado la demanda del servicio, así como los costos en bolívares de pasajes, matrículas y viáticos, se propuso, como el criterio más adecuado a los requerimientos para que dicho programa pueda brindar un mejor apoyo a los investigadores, que la frecuencia de los viajes sea cada dos años. Luego de una intensa discusión, el Directorio acogió y aprobó la propuesta, la cual se aplicará a partir del 26-04-05.

Queda entendido que este año se atenderán las solicitudes de acuerdo a los criterios aplicados hasta la fecha y que quienes viajen a partir del 26-04-05 no podrán hacerlo por este programa durante el año 2006.

La propuesta se aprobó con las especificaciones sugeridas por el Directorio:

Decisiones en torno al uso del Programa SE:

1.- El período de recepción de solicitudes para asistencia a seminarios en el exterior vence el 30-10-05. A partir de esta fecha entra en vigencia el nuevo Baremo.

2.- Los investigadores sólo podrán hacer uso del Programa SE cada dos años.

3.- Para aprobar una nueva solicitud de financiamiento del Programa SE, el investigador deberá presentar la publicación del trabajo derivado de su presencia en el evento científico previo, en revista indizada y arbitrada o presentar carta de aceptación de su publicación, acompañada del respectivo manuscrito.

4.- Para mejorar el funcionamiento del Programa SE, el período de recepción de solicitudes estará delimitado entre el 15 de enero y el 30 de octubre de cada año, siempre tomado en cuenta los 30 días universitarios previos a la realización del evento, que contempla la normativa del programa.

En el Directorio extraordinario 01-05, realizado el 03-05-05, se aprobó como complemento de esta medida, el nuevo baremo que regirá las solicitudes de financiamiento a partir del año 2006. El puntaje mínimo requerido será de 12 puntos, establecidos de la siguiente manera:

Baremo para asistir a seminarios en el exterior

Programa SE

Por libros que sean el resultado de una trayectoria o línea de investigación, siempre y cuando no sean reimpresiones.

10

Por cada artículo publicado en revistas
arbitradas y de reconocida indización.

6

Por cada artículo publicado en revistas
arbitradas pero sólo con indización
nacional o local foránea
(un solo índice/ dos o más índices)

4/5

Por cada artículo publicado en revistas
arbitradas no indizadas.

3

Por cada capítulo o sección de libro arbitrado
sobre temas o resultado de investigaciones en
el área de trabajo del investigador.

6

Por artículos publicados en extenso en
memorias de congreso.

Máximo 3

Por formación de recursos humanos
(memorias de grado o tesis (pregrado, maestría)

Máximo 3