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Cierre de expediente para el Grado del 21 de febrero de 2025

La Oficina Central de Registros Estudiantiles de la Universidad de Los Andes, informa que la Revisión del cierre de expediente para el Grado del 21 de febrero de 2025, se realizará la atención de los graduandos de lunes a jueves desde el lunes 18 al jueves 28 de noviembre de 2024 en el horario de 08:00am a las 11:00am.

Se recibirán las cédulas por orden de llegada a las 8:00am

Para el cierre de expediente de Grado debe ir al siguiente enlace

Requisitos de derecho a grado

 

En este proceso de cierre de expediente debido al cierre fiscal el pago en la cuenta de OCRE se debe realizar a partir del miércoles 20 de noviembre de 2024 y entregarlo (obligatorio),  el monto de 12$ según Tabla de Recuperación de Costos

 

Actualizado el: 17/11/2024 a las 10:50 p.m.

Cierre de expediente para el Grado del 06 de diciembre de 2024

La Oficina Central de Registros Estudiantiles de la Universidad de Los Andes, informa que el cierre de expediente para el Grado del 06 de diciembre se realizará de lunes a jueves desde el Lunes 07 de octubre al jueves 17 de octubre de 2024 en el horario de 08:00am a las 11:30am.

Para el cierre de expediente de Grado  debe ir al siguiente enlace

Requisitos de derecho a grado

Equivalencias

El reglamento vigente que regula los sistemas y procesos de la Política Matricular del Pregrado en la Universidad de Los Andes (ULA), referente a información institucional, admisión, matriculación, permanencia y egreso estudiantil, en sus modalidades presencial e interactiva a distancia, expresa en su Artículo 17 que “las modalidades de: Cambio de Opción, Carreras Paralelas, Traslado y Equivalencia están previstas para aspirantes que componen la matrícula activa de la Institución y para los procedentes de otras Instituciones de Educación Superior. Cada una de estas modalidades se rige por reglamentos específicos”.

 

En el caso de la Equivalencia el reglamento expresa en su Artículo 20 que “se entiende por Equivalencia a la modalidad mediante la cual un estudiante o profesional proveniente de la Universidad de Los Andes o de otra institución de Educación Superior del país o del exterior, aspira cursar estudios en esta Universidad, en una carrera distinta a la de origen, cumpliendo con los requisitos establecidos en el Reglamento respectivo”.

 

Según el Reglamento de  Política Matricular, Artículo 48. Los bachilleres admitidos como nuevo ingreso y matriculados en cualquiera de las carreras que ofrece esta Universidad, podrán solicitar equivalencia o reconocimiento de asignaturas aprobadas en la Universidad de Los Andes en otra universidad o institución de educación superior del país o del exterior de acuerdo al reglamento respectivo.

Parágrafo Primero: A los efectos de este artículo, se entiende por equivalencia el resultado del proceso mediante el cual a un estudiante que cursó y aprobó en la Universidad de Los Andes o en otra universidad o institución de educación superior del país o del exterior, una o más asignaturas dentro del plan de estudio de una carrera, se le aprueban éstas dentro del plan de estudio de la misma carrera o en el de otra.

Parágrafo Segundo: A los efectos de este reglamento, se entiende por reconocimiento de asignatura el resultado del proceso mediante el cual a un estudiante que cursó y aprobó una o más asignaturas en una determinada carrera en la U.L.A. se le ratifica o confirma la aprobación de ésta(s) dentro del pensum de la misma carrera en la que ingresó nuevamente.

 

 

 PLANILLAS PARA SOLICITUD DE EQUIVALENCIA DE ESTUDIO

Equivalencia de carreras cursantes, (art. 48, carreras paralelas y cambios de opción).

Equivalencia de egresados.

Equivalencia por traslado.

 

Color de Carpeta y horario de atención

 

Para los aspirantes de equivalencias de egresados y por traslados una vez admitido, el aspirante debe cumplir con todos los requisitos para su matriculación en el programa académico respectivo, requisitos en la guía de procedimiento de matricula.

 

 

NOTA: Los documentos procedentes fuera de Venezuela deben ser debidamente traducidos, legalizados y apostillados según sea el caso.

 

SI TRANSCURRIDO EL LAPSO PREVISTO PARA LA SELECCIÓN DE MATERIAS, EL INTERESADO NO CUMPLE CON DICHO PROCESO, PIERDE EL CUPO Y DEBERÁ INICIAR DE NUEVO EL PROCEDIMIENTO DE INGRESO POR TRASLADO Y EQUIVALENCIA.

Actualizada:03/10/2024