Es el procedimiento mediante el cual, el Consejo de Facultad o Núcleo aprueba la continuación de sus estudios, en una carrera determinada, a un estudiante que cursó su único semestre y en el siguiente no se inscribió o retiró todas las asignaturas; y por tanto, no tiene derecho a la Reincorporación.
Procedimiento:
- Este procedimiento sólo opera para los regímenes semestrales.
- El estudiante debe solicitar la Renovación de Cupo ante el Consejo de Facultad o Núcleo correspondiente, en el transcurso del semestre que no inscribió o retiró todas las asignaturas, hasta un (1) mes antes de la inscripción del siguiente.
- El estudiante debe justificar plenamente la solicitud de Renovación de Cupo, acompañándola con los soportes necesarios.
- La Renovación de Cupo podrá ser otorgada sólo para el semestre siguiente al que no inscribió o retiró todas las asignaturas.
- El Consejo de Facultad o Núcleo respectivo, considerará su aprobación y cualesquiera que sea su pronunciamiento, deberá notificarlo mediante Oficio dirigido al estudiante, a la Oficina de Registros Estudiantiles (ORE) y a la Oficina Central de Registros Estudiantiles (OCRE).
- El estudiante, al ser notificado de la aprobación de la Renovación de Cupo y habiendo inscrito asignaturas, deberá formalizar el retiro de todas las asignaturas, por ante la Oficina de Registros Estudiantiles (ORE) de la Facultad o Núcleo correspondiente.
El estudiante deberá reiniciar sus estudios en el semestre siguiente a la fecha de aprobación de la Renovación de cupo, previamente formalizados los trámites de activación por ante la Oficina Central de Registros Estudiantiles (OCRE) , en el mismo lapso establecido para las Reincorporaciones.